Apertura de Embajada y Tratado de Reconocimiento Mutuo y Establecimiento de Relaciones Diplomaticas con el «REINO VIRTUAL DE ROTHAM»

De una parte Su Majestad Sebastián I, Soberano del Reino Virtual de Rotham (en adelante “Rotham”) y de la otra Su Majestad Germán I, Rey del Reino iluminado de Amestris (en adelante “Amestris”), declaran:

Artículo 1.- 

Que ambas, se reconocen mutuamente como Micronaciones de existencia Independiente, Libre y Soberana.

Artículo 2.-

Que ambas Micronaciones, dentro del ámbito Micronacional, reconocen y respetan sus territorios y soberanías, así como la legitimidad de sus instituciones, sus autoridades, sus leyes y sus Constituciones Nacionales, entendiendo que estas han surgido de procesos democráticos y en ningún momento estarán obligadas a identificarse ideológicamente entre sí.

Artículo 3.- 

Que ambas Micronaciones se comprometen mutuamente a colaborar en la consecución de sendos territorios físicos reconocidos por la Comunidad Internacional e Intermicronacional, en los que poder desarrollar sus respectivos proyectos soberanistas.

Artículo 4.- 

Que ambas Micronaciones, siguiendo el espíritu que las ha llevado a firmar este Tratado, expresan mediante el mismo, su voluntad de continuar los contactos diplomáticos al objeto de reforzar sus relaciones micronacionales y entre sus ciudadanías, así como sus respectivas Entidades y Realidades Nacionales. Esto se plasmará de manera inmediata en la apertura de sendas delegaciones diplomáticas en los correspondientes blogs, que consistirán en enlaces directos en los que como mínimo, deberán aparecer ambas banderas y escudos nacionales. Estos enlaces tendrán la consideración de embajadas y sus responsables ostentarán el cargo de representantes oficiales y embajadores plenipotenciarios.

Artículo 5.-

Que ambas Micronaciones se comprometen en la defensa mutua de la Integridad, la Soberanía, la Independencia y su Realidad Nacional, ante cualquier agresión proveniente de otra Nación o Micronación.

Artículo 6.-

Que los Gobiernos de ambas Micronaciones se comprometen mutuamente a no intervenir en sus respectivos asuntos internos y a respetar las decisiones tomadas por sus instituciones, cuando estas hayan surgido de procesos democráticos.

Artículo 7.-

Rotham y Amestris, quedan libres de establecer Alianzas y Tratados Amistad con otras Naciones y Micronaciones y de incorporarse a entidades Intermicronacionales, sin que esto obligue a la otra parte.

Artículo 8.-

Este tratado quedara anulado en caso que Amestris establezca un estado de guerra con cualquier otra Micronacion, al considerarse este acto como lúdico y sin interés para la otra parte.

Artículo 9.-

Que ambas Micronaciones, en muestra de buena voluntad harán pública la firma de este Tratado, para conocimiento de sus ciudadanos y los círculos diplomáticos, en sus respectivas webs oficiales.

Artículo 10.-

Se permite a las aerolíneas de bandera a establecer una ruta entre las capitales de las micronaciones firmantes. Y a realizar negociaciones para ampliar los destinos dentro de la otra micronación.

Artículo 11.-

Que este Tratado entrará en vigor a partir de la firma del mismo. A partir del primer día de la firma, deberá ser difundido en todos los círculos diplomáticos, y así mismo las correspondientes embajadas deberán estar operativas en sus respectivos blogs el primer día de su vigencia.

Artículo 12.-

Que este Tratado podrá ser denunciado por cualquiera de los dos firmantes, cuando este considere que la otra parte ha incumplido el contenido del mismo. Para ambos Gobiernos es pues un honor anunciar a nuestros respectivos Pueblos y a la Comunidad Internacional e Intermicronacional, el establecimiento de Relaciones Diplomáticas, libremente y en pie de igualdad entre Amestris y Rotham, y para que así conste queda rubricado este Tratado en la fecha de hoy.

Firmado a los 22 días del mes de noviembre del año dos mil diecinueve. Por el Reino iluminado de Amestris: S.M. Rey Germán I Por el Reino de Rotham: S. M. Soberano Sebastian I

Germán I de Amestris

Germán de Amestris Jefe de estado del Reino Iluminado de Amestris.